REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de junio de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: BP02-L-2011-000220
PARTE ACTORA: ciudadanos JOSÉ MARTÍNEZ, DANIEL LÓPEZ, CRISTIAN JIMÉNEZ y ANTONIO CARREÑO, titulares de las cédulas de Identidad números V-8.315.008, V-14.633.596, V-17.729.541 y V-8.307.071 respectivamente.
APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: abogado EVEL JOSÉ ROMERO HERNÁNDEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No.84.556.
DEMANDADA: SERVICIOS PROFESIONALES, C.A. (SERPROCA).
ABOGADOS APODERADO DE LA DEMANDADA: abogados NESTOR ANTONIO GOITIA GUILLÉN y DOLORES MILAGRO URBANO ALFARO, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nos. 134.462 y 165.397 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

Hoy, cinco (05) de junio de 2014, día y hora fijadas para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales; se deja expresa constancia que las partes, antes identificadas, no comparecieron a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 155° y 204°.
El Juez temporal,


Abg. Teddy Jim Parra

La Secretaria,

Abg. Ysbeth Ramírez.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 11:00 a.m. Conste.
La Secretaria,

Abg. Ysbeth Ramírez.