N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2008-000401
PARTE ACTORA: LUIS SANTIAGO MARQUEZ GONZÁLEZ
APODERADOS DEL DEMANDANTE: GILBERTO AREYAN
PARTE DEMANDADA: PDVSA GAS, S.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: CARLOS BARRIOS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO (Art. 130 LOPTRA)
A las 10:30 a.m. del día de hábil de hoy, 9 de junio de 2014, siendo la oportunidad previamente fijada para la prolongación de la audiencia preliminar, en la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó el ciudadano LUIS SANTIAGO MARQUEZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 4.909.781, en contra de la sociedad mercantil PDVSA GAS, S.A.. Se deja constancia que por la parte demandada PDVSA GAS, S.A., comparece el abogado ALI RIOS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 80.604. Este tribunal deja constancia que no compareció ni por si ni por medio de apoderado alguno, la parte actora; a pesar del llamado del Alguacil del Circuito en las puertas del tribunal a la hora fijada, es decir a las 10:30 a.m., por lo que, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. El tribunal expide dos (2) ejemplares adicionales a la parte compareciente. Año 204 º y 155º.
La Jueza Provisoria,
Abg. MARINES SULBARAN MILLAN
Por la demandada,
La Secretaria Accidental,
Abg. ELENA YOLIBETH NAAR GUERRA
En la misma fecha se dictó la sentencia en forma oral, se publicó a las 10:55 a.m. y se registró en el copiador respectivo. Conste.
La Secretaria Accidental,
CSDTPyVV
MSM/EYNG/msm
BP12-L-2008-000401
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