Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 18 de Junio de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2014-000489
ASUNTO : BP01-S-2014-000489
Vista la solicitud interpuesta por las abogadas; LILIANA AUMAITRE y LEOSANNA CANACHE, en su carácter de FISCAL PRINCIPAL y AUXILIAR VIGESIMA TERCERA DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, a través de la cual ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano, investigado; RAFAEL JOSE BECERRA de nacionalidad venezolano, de 54 años de edad, residenciado en; Calle El Carmen, Casa Nº 35, Barcelona, Estado Anzoátegui, titular de la cedula de identidad numero V-8.318.290. Toda vez que según investigación que adelanta ese despacho fiscal el mencionado ciudadano pudiera ser autor de un hecho punible por unos delitos contemplados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ocurrido en perjuicio de una niña de 02 años de edad, de la cual se omiten sus datos por conservar su integridad moral, concretamente; ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en el artículo; 44 Numeral 1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y por cuanto considera que existen suficientes elementos de convicción solicita a este Tribunal que de conformidad con lo previsto en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal sea dictada orden de Aprehensión en contra de éste ciudadano. Acompañando como elementos de convicción las siguientes actuaciones.
Se evidencia como elementos de convicción las siguientes diligencias de investigación penal: 1.- Denuncia de fecha 24/05/2014, rendida por la Representante de la Niña ante el Centro de Coordinación Policial Puerto la Cruz del Estado Anzoátegui 2.-Copia de Acta de Nacimiento de la Niña. 3.-. Reconocimiento Médico Legal 09700-139-1738-14 de fecha 28/05/2014. 5. Acta de entrevista de la Adolescente madre de la niña rendida ante el Ministerio Público. Fiscalía 23ª, 6- Acta de Nacimiento de la Niña. J. S. C. J.
Aprecia este Tribunal para decidir que nos encontramos en presencia de un hecho delictivo de muy reciente data como lo es el de; ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en el artículo; 44 Numeral 1, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la Niña de 02 años de edad. Apreciándose según el escrito presentado por la representación fiscal y también de la revisión de las actuaciones que se desprende la presunción que el ciudadano; RAFAEL JOSE BECERRA, los cual siendo delitos que tienen en su limite máximo una pena superior a diez años lo cual hace presumir el peligro de fuga de dicho ciudadanos quien en los actuales momentos no da garantía de someterse a la investigación que adelanta el Ministerio Publico. Motivo por el cual Este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ORDENA: LA APREHESION JUDICIAL DEL CIUDADANO; RAFAEL JOSE BECERRA de nacionalidad venezolano, 54 años de edad, residenciado en; Calle El Carmen, Casa Nº 35, Barcelona, Estado Anzoátegui, titular de la cedula de identidad numero V-8.318.290. Por la presunta comisión del delito de; ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en el artículo; 44 Numeral 1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. Todo de conformidad con lo previsto en el articulo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en consecuencia se ordena librar los correspondientes oficios de captura a la Comandancia General de Policía, al Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalísticas y a la Guardia Nacional. Cúmplase y Ofíciese lo conducente Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
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EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 2.
Abg. LUIS MANUEL MANEIRO
SECRETARIA JUDICIAL
Abg. JEIRA SALAZAR
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