REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, diecisiete de junio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: BP02-Z-2003-001936
Revisada la presente demanda con motivo de la Colocación en Entidad de Atención , donde se encuentra involucradas las jóvenes JULIA CAROLINA Y (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) de Veinte (20) y Dieciocho (18), años de edad, respectivamente y por cuanto se evidencia de las copias de las Partidas de Nacimiento de las jóvenes JULIA CAROLINA Y (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , en el presente Expediente las cuales rielan en los folios (38) y (39), que las mismas nacieron la primera 15 de junio de 1995 y la segunda el día 14 de diciembre de 1.992; lo que significa que las adolescentes alcanzaron la mayoría de edad. Es por ello que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ACUERDA PRIMERO DECRETAR MEDIDA DE EGRESO, de las Jóvenes JULIA CAROLINA Y (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , de Veinte (20) y Dieciocho (18), años de edad, respectivamente de la Entidad de Atención, Abansa "Mi Refugio" Ubicada En Barcelona-Estado Anzoátegui. SEGUNDO: se ordena la Notificación de la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio de lo conducente. TERCERO: Ofíciese a la Directora de la Asociación Benefactora de Ayuda Al Niño Sin Asistencia "Mi Refugio" Ubicada En Barcelona-Estado Anzoátegui. Líbrese Oficio Respectivo Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO.
Abg. AMERICA FERMIN.-
LA SECRETARIA ACC
Abg. PATRICIA MEJIA
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-
LA SECRETARIA ACC
Abg. PATRICIA MEJIA
AF/Javier Abreu.-