REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, cinco de marzo de dos mil catorce
203º y 155º
ASUNTO: BP02-N-2014-000037.
Vista demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la presente demanda cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano Presidente del Consejo Disciplinario del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por los ciudadanos Carlos Arturo Loyo y Jairo Rafael Rodríguez, Cedulas de Identidad Nos. 8.656.093 y 15.151.389, respectivamente, asistidos jurídicamente por los Abogados Miguel Granado y Pedro Cooper, inscritos en el IPSA bajo los Nos. 177.627 y 178.308, respectivamente, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, los cuales comenzarán a computarse una vez que conste en autos las resultas de la citación del Abogado Manuel Galindo, en su condición de Supervisor de la Oficina Regional Centro Oriental, de la Procuraduría General de la República, con sede en la ciudad de Maturín Estado Monagas y la cual conocerá de los casos relacionados con los Estados Monagas, Anzoátegui, Guarico y Delta Amacuro y haya transcurrido el lapso de noventa (90) días de suspensión, previsto en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, mas dos (2) días que se le conceden como termino de la distancia, Igualmente, se ordena solicitar al Presidente del Consejo antes mencionado, el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a dicha solicitud. Compúlsense por Secretaría copias certificadas del libelo de la demanda y sus anexos para el emplazamiento y la notificación respectivos.
La Juez, El Secretario,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito. Abog. Javier Arias León
j.a.m.
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