REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta y uno de marzo de dos mil catorce
203º y 155º

ASUNTO: BP02-F-2013-000153

En horas de despacho del día de hoy, treinta y uno (31) de marzo del año dos mil catorce (2014), siendo hora y fecha fijados para que tenga lugar el segundo acto reconciliatorio en la presente causa de divorcio, se abre el acto previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por parte del Alguacil y por cuanto no compareció el ciudadano Carlos Reyes, parte demandante, el Tribunal declara EXTINGUIDO el presente procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil y se ordenó al archivo del expediente, asimismo se deja constancia de la comparecencia del abogado Mortiner Martínez Lanza, apoderado judicial de la parte demandante y de la Fiscal Undécimo del Ministerio Publico abogada Egris Lira.-
EL JUEZ PROVISORIO,


Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA FISCAL UNDECIMO DEL
MINISTERIO PÚBLICO



EL APODERADO DE LA PARTE
DEMANDANTE


LA SECRETARIA ACC


Abg. VIOLETA GUERRA