REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho (28) de marzo de dos mil catorce
203° y 154°
Acta de Audiencia (Inicio - Desistimiento)
ASUNTO: BP02-L-2012-000310
DEMANDANTE: Los ciudadanos JUAN ROJAS y GILBERTO TRILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 10.220.589 y 2.798.912
ABOGADA APODERADA DEL ACTOR: La abogada en ejercicio LUZ STELLA GUERRERO SALINAS; inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 111.302
DEMANDADA: SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLÓGICOS, C.A.
ABOGADA DE LA DEMANDADA: La abogada MAYELIS BERENICE LOPEZ MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 118.880.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, veintiocho (28) de marzo de 2014, siendo las diez (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que solo comparece la abogada en ejercicio MAYELIS BERENICE LOPEZ MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 118.880, por SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLÓGICOS, C.A.; no compareciendo la actora ni PETROLEO DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA) a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152° y 201°.
El Juez,


Abg. Sergio Millán Charles

La Secretaria,

Abg. Elaine Quijada.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 10:08 a.m. Conste.
La Secretaria,

Abg. Elaine Quijada.