REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, trece de mayo de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: BP02-N-2006-000533
Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al Contralor General del Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda que por Querella Funcionarial intentara el ciudadano David Antonio Canache Ron, titular de la cédula de identidad Nº 8.230.011, asistido por los abogados Luis Castro y Adriana Muñoz, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de su emplazamiento, asimismo, se ordena solicitarle el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a dicha solicitud. Igualmente, se ordena notificarle al ciudadano Procurador General del Estado Anzoátegui, de la admisión de la presente demanda. Compúlsense por Secretaría copias certificadas del libelo de la demanda y sus anexos para el emplazamiento.
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito El Secretario
Abog. Javier Arias León.
s.v.
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