REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, trece de mayo de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: BP02-N-2014-000111

Vista la demanda que inmediatamente precede, y revisados todos los recaudos, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al Presidente del Concejo Municipal del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal, a dar contestación al Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad que intentara el abogado Jesús Valentín Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 34414, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Hang Ling To De Ho, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.333.704, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación aquí dispuesta. Igualmente, se acuerda solicitar a través de su persona, el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a su emplazamiento, asimismo se ordena notificar de dicha admisión, al Sindico Procurador Municipal del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui. Compúlsese por secretaría copia certificada del libelo de la demanda y sus anexos, a los fines del emplazamiento y notificación respectivo.
La Juez,

Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
El Secretario,

Abog. Javier Arias León.
S.V.