REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, catorce de mayo de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: BP02-N-2014-000107.

Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, emplazar a la ciudadano Ministro del Poder Popular Para la Educación Universitaria, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por la ciudadana Yanira Salome Cifra, Cedula de Identidad No. 3.688.118, asistida por los Abogados Jones Rojas, Simón Véliz y Zoira Cabello, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 156.526, 30.881 y 22.041, respectivamente, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, los cuales comenzarán a computarse una vez que conste en autos las resultas de la citación del Abogado Manuel Galindo, en su condición de Supervisor de la Oficina Regional Centro Oriental, de la Procuraduría General de la República, con sede en la ciudad de Maturín Estado Monagas y la cual conocerá de los casos relacionados con los Estados Monagas, Anzoátegui, Guarico y Delta Amacuro y haya transcurrido el lapso de noventa (90) días de suspensión, previsto en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, mas dos (2) días que se le conceden como termino de la distancia, Igualmente, se ordena solicitar al mencionado Ministro, el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a dicha solicitud. Compúlsense por Secretaría copias certificadas del libelo de la demanda y sus anexos para el emplazamiento y la notificación.
La Juez, El Secretario,

Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito. Abog. Javier Arias León.

j.a.m.