REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de mayo de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: BP02-A-2011-000013

Vista la TRANSACCION, presentada en fecha 15 de mayo de 2014, por una parte, el abogado en ejercicio PORFIRIO GUZMÁN RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.557, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, y por la otra parte, el ciudadano ALFREDO CASTILLO TORREALBA, titular de la Cédula de Identidad N° 12.635.194, asistido por el abogado Carlos Morillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.571, éste Tribunal, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, en la mismos términos y condiciones por ellos expresadas, ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
El Juez Temporal,

Abog. Alfredo José Peña Ramos

La Secretaria,


Abog. Judith Moreno Sabino