REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de mayo de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO Nº BP02-M-2013-000092

Vista la Transacción celebrada entre las partes, en fecha 22 de Abril del 2.014, por ante el Juzgado Quinto de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Urbaneja, Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, suscrita por una parte por la ciudadana YASMIN RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.704.881 y de este domicilio, en su carácter de Representante Legal de la Empresa DELTA SERVICES & SUPPLIES C.A., debidamente asistida por la Abogada LILA ESTHER AVILEZ, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.086, y por la otra por los Abogados HUMBERTO JOSÉ BUCARITO y ARMANDO JOSÉ SUAREZ GUZMÁN, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 92.843 y 92.741, respectivamente, en sus caracteres de Apoderados Judiciales de la ASOCIACION COOPERATIVA CIEN POR CIEN METAL R.L., mediante el cual celebran Transacción Judicial; este Tribunal HOMOLOGA dicha TRANSACCIÓN en la misma forma, términos y condiciones por ellos expresados; ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
El Juez Temporal,

Alfredo José Peña Ramos
La Secretaria,

Judith Milena Moreno Sabino
/Amelia