REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de mayo de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: BP02-F-2013-000148
Se contrae la presente pretensión al juicio de Divorcio, intentada por la ciudadana Karen Adriana Figueroa Padrón, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, titular de la cédula de identidad Nº 16.925.000, asistida por el abogado Juan Carlos García, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 120.597, contra el ciudadano Cristian Marcelo Fernández Martínez, extranjero, mayor de edad, de este domicilio, titular del pasaporte Nº 15.924.625-6; en cuyo proceso, este Tribunal mediante auto de fecha 21 de marzo del 2014, acordó la citación de la parte demandada, mediante cartel de conformidad con lo dispuesto en el artículo 224 del Código de Procedimiento Civil.-
De autos se evidencia, que la parte peticionante, en fecha 07 de abril del 2014, consignó las publicaciones del cartel de citación, de cuyas actas se desprende que el citado cartel fue publicado en un ambos periódicos en fechas 28 de marzo del 2014 y 01 de abril del 2014, respectivamente; es decir, la parte peticionante no dio cumplimiento las formalidades e intervalo de ley establecido en el artículo 224 ejusdem; y por cuanto la citación es de orden público, y no puede ser relajada por las partes, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en cumplimiento de los principios constitucionales establecidos en nuestra Carta Magna, y en resguardo del debido proceso y al derecho a la defensa que tiene todos los justiciables que acuden a la administración de justicia, repone la presente causa al estado de publicar nuevamente el cartel de citación librado en la presente causa, dando cumplimiento al lapso de publicación contenido en el artículo 224 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. Líbrese nuevo cartel.-
El Juez Provisorio,

Abg. Jesús Salvador Gutiérrez Díaz. La Secretaria,
Abg. Mirla Mata Rojas.