REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de mayo de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: BP02-V-2013-001319


En fecha, 12 de Noviembre de 2013, fue recibida la presente ACCIÓN MERO DECLARATIVA, presentada por la ciudadana MARITZA DEL VALLE RINCON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.308.198, debidamente asistida por el Abogado MARTIN JOISE LEPAGE, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.065, en contra del ciudadano OMAR TAYUPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.495.106.

Ahora bien, este Tribunal observa: Consta de las actas que conforman el presente expediente, que una vez que este >Tribunal le dio entrada a la presente causa en fecha quince (15) de Noviembre de 2.013, se insto a la parte interesada a indicar contra quien o quienes obra la presente demanda, a los fines de dar cumplimiento al articulo 340 ordinal 2º del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se le concedieron tres (3) días de Despacho. Consta en autos que la parte actora no realizo actos tendentes a impulsar el proceso y en especial para que sea admitida la presente causa, si bien es cierto que el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, garantiza una justicia oportuna, expedita y sin dilaciones indebidas, no es menos cierto que al no actuar las partes diligentemente en el proceso, se produce la pérdida del interés procesal, que causa la decadencia de la acción. En este orden de ideas y acogiendo el criterio jurisprudencial reiterado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, es por lo que este Tribunal vista la inactividad señalada, en el caso de marras declara la pérdida del interés, en virtud que han transcurrido más de un (1) año de inactividad procesal de las partes. Y así se decide.-

En razón de los argumentos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara LA PERDIDA DE INTERES en el presente juicio por ACCION MERO DECLARATIVA, intentado por la ciudadana MARITZA DEL VALLE RINCON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.308.198, debidamente asistida por el Abogado MARTIN JOISE LEPAGE, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.065, en contra del ciudadano OMAR TAYUPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.495.106.

Y así se decide.-

Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En Barcelona, a los Quince (15) días del mes de Mayo del año dos mil Catorce (2.015). AÑOS: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-

El Juez Provisorio
Abog,Emilio Arturo Mata Quijada La Secretaria
Abog.Marieugelys García Capella








EAMQ/diana A