REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete (07) de mayo de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

ASUNTO: BP02-R-2013-000557

Visto el contenido de la diligencia presentada en fecha 28 de Abril de 2014, ante el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, agregada a los autos por este Tribunal mediante auto de fecha 02 del presente mes y año, suscrita por el abogado JESUS PORRAS AMUNDARAY, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 84.800, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil SINCRUDOS DE ORIENTE SINCOR, C.A., parte recurrente en el presente asunto, de la cual se extrae lo que a continuación se transcribe de la parte pertinentemente expuesta: “…Desisto de apelación ejercida en fecha 03 de Octubre del año 2013, a los fines legales consiguientes…”; actuación esta para ser agregada al presente asunto contentivo del recurso de apelación ejercido contra la decisión proferida en fecha 02-10-2013, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano GRIFERIO GUZMAN, contra la referida sociedad mercantil SINCRUDOS DE ORIENTE SINCOR, C.A.
En virtud de tal manifestación y, constatado además la facultad y el carácter con el que actúa la representación de la parte que desiste (f. 07 al 09 quinta pieza), este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del referido recurso de apelación de autos.
Publíquese y regístrese. Notifíquese mediante oficio al Procurador General de la República de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los siete (07) días del mes de Mayo de dos mil catorce (2014).
La Juez

Abg. Carmen Cecilia Fleming

La Secretaria,
Abg. Fabiola Pérez N.
En la misma fecha de hoy, se publicó en el sistema juris 2000 y se cumplió con lo ordenado. Conste.-

La Secretaria,

Abg. Fabiola Pérez N.
CCF/FP.-