Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 15 de Mayo de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2013-003108
ASUNTO : BP01-S-2013-003108

Visto el escrito presentado por la DRA. SOFIA RINCON, en su condición de Defensora Pública del imputado JESUS ALBERTO RUIZ PEREZ, suficientemente identificado en autos, a quien se le sigue por ante este Despacho causa penal, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS previsto y sancionados en los artículos 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el articulo 416 de Código Penal Venezolano, mediante el cual solicita el estudio y Revisión de medidas tal como lo establece los artículos 91 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las mujeres a una Vida Libre de violencia, 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del articulo 64 de la Ley que rige nuestra materia. Siendo así este Tribunal pasa a considerar lo siguiente:
En fecha 26-12-2013, se realizo audiencia de presentación de imputado, otorgándole este Tribunal al ciudadano JESUS ALBERTO RUIZ PEREZ, medidas de presentación ante la oficina de alguacilazgo cada OCHO (08) DIAS.
Ahora bien revisado como ha sido el sistema Iuris 2000 se observa que hasta el momento el imputado se ha presentado en los últimos tres meses ha dado cabal cumplimiento a dicha medida.
En fecha 30/04/2014, la defensora Publica DRA. SOFIA RINCON, introduce escrito solicitando la revisión de la medida acordada, aduciendo que su defendido se encuentra laborando en la Empresa “MULTISERVICIOS M.M.V 3339, C.A.”, ubicada en la carretera la Costa, Sector La Mediania, Puerto Píritu, Estado Anzoátegui, anexando a su escrito Constancia de trabajo.
Ahora bien quien aquí decide considera que extender el lapso de presentación del imputado para poder desempeñar sus labores, derecho este protegido por Nuestra Constitución Nacional, no incide en la búsqueda de la verdad por parte del Ministerio publico y que de igual manera no afecta en el aseguramiento de las resultas del proceso. Es por todo esto que este Tribunal en Nombre de la Republica Bolivariana de la Republica y por Autoridad de la Ley acuerda extender el lapso solicitado por la defensora del imputado up supra mencionada por cada TREINTA (30) DIAS.

DISPOSITIVA

Este Tribunal de Control, Audiencias y Medidas Nº 1, en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: acuerda extender el lapso solicitado por la defensora del imputado: JESUS ALBERTO RUIZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-13.629.186, DE NACIONALIDAD VENEZOLANO, ESTADO CIVIL: SOLTERO, DE 44 AÑOS DE EDAD, PROFESION U OFICIO: CHOFER FECHA DE NACIMIENTO: 12/16/1969, LUGAR DE NACIMIENTO: MERIDA ESTADO MERIDA. HIJO DE LOS CIUDADANOS: JESUS RUIZ (V) Y ALBA PEREZ (F), CON RESIDENCIA EN: PUERTO PIRITU, FRENTE AL HOSPITSAL, CALLE VIRGEN DEL CARMEN ESTADO ANZOÁTEGUI, TELEFONO: NO POSEE, CORREO ELECTRONICO: NO POSEE, otorgando la ampliación de la presentación periódica a cada TREINTA (30) DIAS por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial. Regístrese y Publíquese. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 01,

DR. FABRICIO LÒPEZ.

LA SECRETARIA

ABG. ESPERANZA TORRES