REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANUEL EZEQUIEL BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI. CLARINES
Clarines, 14 de Mayo del año 2014.
203º y 155º
ASUNTO OA- OM-457-10
Verificado el estudio del expediente que nos ocupa, el cual se inicio mediante demanda verbal contentiva de Obligación de Manutención, propuesta por la ciudadana virginia Josefina Álvarez Rojas, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.232.779 domiciliada en el sector el Sol Los Cerezos, Las Malvinas, Casa Nº 04, Clarines, Bruzual del Estado Anzoátegui, quien actúa en nombre y representación de sus cinco hijos de nombres XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, el primero con 17 años de edad, el segundo 16, el tercero de 15 años de edad, el cuarto de 12 años de edad, y el ultimo 11 años de edad, respectivamente, en contra del ciudadano José Antonio Chivico, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 8.258.653 con domicilio al final de la calle 04, clarines, del municipio bruzual. Folio 1 al 10.
Demanda que se admitiera con todos sus anexos, el día 29 de noviembre del 2010, se ordeno la citar al ciudadano José Antonio Chivico, conforme a lo estipulado en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y se libra la respectiva boleta de citación, Folios11 y 12.
En fecha 01 de febrero consigna mediante diligencia la alguacil adscrita a este juzgado, constante de folios útiles, boleta y citación, comparece el alguacil titular adscrito a este despacho, consigna diligencia constante de dos (02) folios útiles, recibo y boleta de citación, la cual fuere entregada para la práctica de la citación, la cual no fue cumplida, folio 13 y 14
En fecha 25 de noviembre del año 2010, comparece la ciudadana Virginia Josefina Álvarez Rojas, plenamente identificada en autos, a los fines de solicitar se cite nuevamente al demandado a la nueva dirección Matadero Industrial La Costa, sector 25 de mayo, de la ciudad del Tigre, municipio Simón Rodríguez, del estado Anzoátegui. Folio 16
En fecha 23 de febrero de 2011, vista la anterior diligencia el tribunal acuerda citar al ciudadano José Antonio Chivico, por cuanto se ordena librar despacho al juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la circunscripción judicial del estado Anzoátegui, comisión junto a oficio 1960-45 constante de cinco folios utiles. Folios 17 al 20 .-
En este acto esta juzgadora observa, siendo esta la ultima actuación que hasta la presente fecha no existe diligencia alguna, que de curso a la continuación del proceso, o se haya efectuado cualquier otra actuación intentada por las partes, que impulsen el mismo, lo que se evidencia un desinterés total en la prosecución del juicio, llevando a este Juzgado a determinar la PERENCION DE LA INSTANCIA, así se declara.
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