REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de noviembre de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: BP02-M-2013-000104
Vista la anterior diligencia suscrita en fecha 05 de Noviembre de 2014, contentiva del convenimiento presentado por los abogados LUIS ERNESTO GOUBAT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 162.609, Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadano JHONNY ANTONIO ARISMENDI HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.316.025, y el abogado RAFAEL CELESTINO BERRA REBOLLEDO, inscrito en el inpreabogado Bajo el Nº 128.410, en representación de la parte demandada ciudadano EDWARD FABIAN FLORES MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.970.175, y visto el contenido de la misma, este Tribunal HOMOLOGA dicho convenimiento en los mismos términos por ellos expresados, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, se ordena expedir por Secretaría copia certificada de la diligencia y del presente auto. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
El Juez Provisorio
Abg. Emilio Arturo Mata Quijada
La Secretaria
Abg. Marieugelys García Capella
EAMQ/Javier M.-
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