REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, cinco de noviembre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: BP02-V-2014-001456
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

PADRES YILDA RAMONA VILLAMEDIANA RAMOS Y JOSE LUIS GONZALEZ, (padres), venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.202.121, y V-10.582.445, respectivamente.-

ORGANISMO: Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Vargas del Estado Vargas

MOTIVO: COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION

Vista la diligencia suscrita por la abogada Solanye Navarro, en su carácter de abogada del Equipo Multidiciplinario de la Dirección Regional Del Instituto Autónomo Del Consejo Nacional De Derechos Del Niño, Niña Y Adolescente Del Estado Anzoátegui (IDENA), y su contenido y Revisada la presente demanda con motivo de COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION, donde se encuentran involucrada la Joven (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y por cuanto se evidencia de la copia de la Partida de Nacimiento de la joven (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , en el presente Expediente que el mismo nació el Diecisiete (17) de Octubre del año 1996; lo que significa que la adolescente alcanzo la mayoría de edad. Es por ello que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ACUERDA PRIMERO DECRETAR MEDIDA DE EGRESO, de la Joven (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) de la Dirección Regional Del Instituto Autónomo Del Consejo Nacional De Derechos Del Niño, Niña Y Adolescente Del Estado Anzoátegui (IDENA), Barcelona Estado Anzoategui, SEGUNDO: se ordena oficiar a la Dirección Regional Del Instituto Autónomo Del Consejo Nacional De Derechos Del Niño, Niña Y Adolescente Del Estado Anzoátegui (IDENA). Líbrese Oficio Respectivo Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO.

Abg. AMERICA FERMIN.-

LA SECRETARIA ACC

Abg. PATRICIA MEJIA
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-

LA SECRETARIA ACC

Abg. PATRICIA MEJIA

AF/Javier Abreu.-