REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, veinte de noviembre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: BP02-V-2010-000141
SENTENCIA

Vista la anterior demanda por CUMPLIMINTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por los abogados GLEIDYS ZAMORA LOPEZ, y LUIS JOSE RODRIGUEZ C; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas identidad números V-12.899.762 y V-14.9101.281,inscritos en el IPSA bajo los números 144.027 y 141.338, actuando en este como apoderados judiciales del ciudadano PASCUAL CALVIELLO GIANNELLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.424.338, en contra del ciudadano CESAR AUGUSTO SANTAMARIA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.902.434.-
EL TRIBUNAL OBSERVA:

De las actas que conforman el expediente se verifica la total inactividad de las partes en el presente procedimiento, por cuanto hasta la presente fecha, han transcurrido mas de aproximadamente cuatro (04) años, sin que hayan cumplido con la obligación de impulsar el procedimiento, en consecuencia, resulta forzoso para este Juzgador, declarar la pérdida de interés, y por ende, terminado el procedimiento.-
DECISIÓN

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado. Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, declara:

PRIMERO: La PÉRDIDA DEL INTERÉS por parte de los interesados, en la demanda por desalojo, incoada por incoada por los abogados GLEIDYS ZAMORA LOPEZ, y LUIS JOSE RODRIGUEZ C; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas identidad números V-12.899.762 y V-14.9101.281,inscritos en el IPSA bajo los números 144.027 y 141.338, actuando en este como apoderados judiciales del ciudadano PASCUAL CALVIELLO GIANNELLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.424.338, en contra del ciudadano CESAR AUGUSTO SANTAMARIA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.902.434.-

SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMENTO.-

TERCERO: SE ORDENA REMITIR EL PRESENTE ASUNTO AL ARCHIVO JUDICIAL.

Publíquese y regístrese. Déjese copia.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado. Anzoátegui. En Barcelona, a los veinte (20) días del mes de noviembre de dos mil catorce (2014).-


El Juez,


Abg. José Jesús Ramírez García

El Secretario,


Abg. Oswaldo José Fernández Sierra.-

En esta misma fecha, siendo las 10:25 AM., se dictó y público la anterior sentencia. Conste.-

JJG/cmbp.