REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, veinte de noviembre de dos mil catorce
204º y 155
ASUNTO: BP02-S-2014-001242
En horas de Despacho del día de hoy 20-11-2014, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.), comparecen por ante este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, los ciudadanos JOSE LEONARDO RAMOS BELLO y YOVANA COROMOTO VARGAS PINO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la Ciudad de Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.256.344 y V-17.973.687, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio LUIS BELTRAN CALDERÓN MEJÍAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.475; quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de separarse legalmente de Cuerpos en los términos establecidos en los artículos 189 del Código Civil. La ciudadana Jueza Provisoria los exhortó a la reconciliación, haciéndose las reflexiones de Ley, en cuanto a la estabilidad del vínculo matrimonial, la familia y los efectos que conllevan la separación, sin embargo los expresados ciudadanos manifestaron a la Jueza no estar dispuesto a ello e insistieron en su solicitud de separación de cuerpos. Con vista de lo antes expuesto, el Tribunal declara formalmente la separación legal de Cuerpos de los ciudadanos JOSE LEONARDO RAMOS BELLO y YOVANA COROMOTO VARGAS PINO, plenamente identificados. Así se decide, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.
En consecuencia expídase por Secretaria copia certificada de la solicitud y del presente auto.
LA JUEZ PROVISORIA,
Abg. HAIDEE ROMERO FLORES, (FDO)
LOS SOLICITANTES,
JOSE LEONARDO RAMOS BELLO y YOVANA COROMOTO VARGAS PINO.
Abogado Asistente,
ABG. LUIS BELTRAN CALDERÓN MEJÍAS.
LA SECRETARIA,
Abg. ROSLEY BARRIOS FLORES, (FDO)
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