REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de noviembre de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: BP02-L-2014-000214
PARTE ACTORA: IGOR RAFAEL RODRIGUEZ PEÑA. “NO COMPARECIO”.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: RAFAEL DANIEL ROSAL NUÑEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 174.988. “NO COMPARECIO”.
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS WAY C.A.
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE ALEJANDRO BRITO HERNANDEZ.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCISCO PATIÑO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 93.008.
MOTIVO: COBRO DE DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, veinticuatro (24) de noviembre del 2014, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la apertura de la Audiencia de Juicio, en el asunto contentivo de la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, incoara el ciudadano IGOR RODRIGUEZ, en contra de SERVICIOS WAY, C.A. Acto seguido, se deja constancia que el Tribunal se encuentra constituido por la Abg. María José Carrión, la ciudadana secretaria Abg. Yirali Quijada, y el ciudadano Alguacil Javier Aguilera, de conformidad con lo establecido en el articulo 16 ce la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en razón a ello se declara abierta la cesión y se da inicio a audiencia de Juicio, seguidamente la ciudadana Juez ordena a la ciudadana secretaria, para que diera cuenta del motivo de la presente audiencia y constatara la presencia de las partes al acto. Seguidamente la Secretaria dio cuenta a la ciudadana Juez del motivo de la presente audiencia informando de la incomparecencia a la instalación de la presente audiencia de la parte demandada, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, dejándose constancia de la comparecencia de la demandada a través del ciudadano JOSE ALEJANDRO BRITO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad No. 17.409.804, en su condición de Presidente de la accionada, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio FRANCISCO PATIÑO, titular de la cédula de identidad No. 8.333.001 e inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 93.008, el Tribunal vista la incomparecencia de la parte accionante a la instalación de la audiencia de Juicio en la presente causa, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, aun cuando el ciudadano realizo el llamado de Ley entre las partes, solo compareciendo la parte demandada, forzoso es para este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley declara: Desistido el presente procedimiento por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos incoado por el ciudadano IGOR RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.10.295.327, a través de su apoderado judicial en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS WAY, C.A., con Registro de Información Fiscal No.J-29872696-2, de conformidad con lo establecido en el articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
Se deja constancia que la presente audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo establecido en el artículo 166 de referida Ley, por cámara operada por el Técnico Audiovisual Eulises Escobar, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.10.295.320. Se declara concluida la Audiencia de Juicio, siendo las 9:09, a.m., instando a los comparecientes a suscribir la presente acta en la sede del Tribunal en el día de hoy.
Quedan a salvo los recursos respectivos.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la Presente Resolución. Cúmplase.
La Juez,
MARIA JOSE CARRION G.
Los Comparecientes,
La Secretaria,
Abg. YIRALI QUIJADA.
Seguidamente y en esta fecha, siendo las 10:00, a.m., se publico la anterior Resolución. Conste:
La Secretaria,
MJCG/YQ.-
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