REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de octubre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: BP02-V-2014-000623

Visto el escrito de fecha 08 de octubre de 2014, suscrito por el ciudadano FELIX CARLOS ALVAREZ SIERRALTA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.484, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante el cual desiste de la acción y del procedimiento; éste Tribunal, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en los mismos términos y condiciones expresados en dicho escrito, ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, expedir por secretaria copia certificada de todo el expediente, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
El Juez Temporal,

Abog. Alfredo José Peña Ramos
La Secretaria,

Abog. Judith Moreno Sabino

/Aura H.-