N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2014-000040
PARTE ACTORA: JULIO CESAR PEREZ PALOMO
APODERADO DEL ACTOR: Abg. PEDRO RAFAEL ROJAS MACHADO
PARTE DEMANDADA: PESADOS DE VENEZUELA, C.A. (PVCA)
APODERADOS DE LAS PARTES DEMANDADA PVCA: Abg. PEDRO DIAZ y RICARDO DIAZ
LLAMADAS EN TERCERIA: PETREX, S.A., PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A., BOHAI DRILLING SERVICE VENEZUELA, S.A. y CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A.
APODERADO DE LA LLAMADA EN TERCERIA PETREX: Abg. LEONARDO MARTINEZ
APODERADO DE LA LLAMADA EN TERCERIA PRECISION DRILLING DE VZLA: Abg. ROBERTO WILLIAMSON
APODERADO DE LA LLAMADA EN TERCERIA BOHAI: Abg. EDDER MIRABAL
APODERADO DE LA LLAMADA EN TERCERIA CNPC: Abg. SAYURI RODRIGUEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
INSTALACIÓN- DESISTIMIENTO DE TERCERO Y PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
Siendo las 10:00 a.m. del día hábil de hoy, 29 de octubre de 2014, la oportunidad previamente fijada para la instalación de la audiencia preliminar en la demanda que por Prestaciones Sociales Y otros Conceptos Laborales, intentó el ciudadano JULIO CESAR PEREZ PALOMO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-13.177.194;, en contra de la demandada PESADOS DE VENEZUELA, C.A. (PVCA), y las llamadas en Tercería PETREX, S.A., PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A., BOHAI DRILLING SERVICE VENEZUELA, S.A. y CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A. Se deja constancia que comparecieron los representantes judiciales de las partes; por el demandante JULIO CESAR PEREZ, compareció el abogado en ejercicio PEDRO ROJAS y OSCAR MARCANO, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 65.568 y 33.949; por la parte demandada PESADOS DE VENEZUELA, C.A., comparecieron los abogados en ejercicio RICARDO DIAZ CENTENO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 29.884, por las llamadas en tercería PETREX, S.A., PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A., BOHAI DRILLING SERVICE VENEZUELA, S.A. y CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A., comparecen en su orden; LEONARDO MARTINEZ, ROBERTO WILLIAMSON, EDDER MIRABAL y SAYURI RODRIGUEZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 111.799, 100.162, 183.714, y 86.704; representaciones que se evidencia según poder que corre inserto en actas. Seguidamente, la Juez habiendo verificado la identidad de los asistentes y la representación que acreditan, procede a conceder el derecho de palabra a la representación de la parte demandada y expone: Ciudadana Jueza, procedo a informar de manera irrevocable mi Desistimiento en acto en contra de las llamadas en tercería a las empresas PETREX, S.A., PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A., BOHAI DRILLING SERVICE VENEZUELA, S.A. y CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A..; de igual forma, las llamadas en tercería manifiestan su consentimiento sobre el desistimiento manifestado por la demandada. Visto lo solicitado, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en cuanto a las llamadas en tercería PETREX, S.A., PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A., BOHAI DRILLING SERVICE VENEZUELA, S.A. y CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A. En consecuencia, téngase como únicas partes al ciudadano JULIO CESAR PEREZ PALOMO, en su condición de demandadnte y a la empresa PESADOS DE VENEZUELA, C.A., en su condición de Demandada. Seguidamente, el tribunal procede a recibir escrito de pruebas de la parte demandante en dos (2) folios útiles y ciento cuatro (104) anexos, la demandada PVCA, consignó escrito de pruebas en tres (3) folios útiles y ciento sesenta y seis (166) anexos. Seguidamente, habiéndose discutido algunos puntos controvertidos, ambas partes solicitaron la prolongación de la audiencia para las 9:00 a.m. del lunes 24 de noviembre de 2014, a los fines de continuar con la celebración de la audiencia preliminar. El Tribunal visto lo solicitado por ambas partes, acuerda de conformidad, quedando enteradas ambas partes del día y la hora de la prolongación de la audiencia preliminar. Siendo las 10:30 am. se declara terminada la audiencia por el día de hoy, quedando fijada su prolongación para las 9:00 a.m. del lunes 24 de noviembre de 2014. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Provisoria,
La Secretaria Accidental,
Abg. MARINES SULBARAN MILLAN
Abg. ELAN YOLIBETH NAAR GUERRA
Por el demandante,
Por las demandada LLAMADOS EN TERCERÍA
En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y se publico y registró en el copiador de sentencias, que a tal efecto lleva el tribunal. La Secretaria,
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