SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, trece de octubre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: BP02-S-2014-001468
En horas de Despacho del día de hoy 13-10-2014, siendo las dos horas de la tarde (02:00 p.m.), comparecen por ante este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, los ciudadanos ISMAEL ABRAHAN GUERRA SALAZAR y ELINORA JOSEFINA CARABALLO FREITES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 16.253.794 y V- 16.926.655, respectivamente, domiciliado el primero en la ciudad de Barcelona y la segunda en Lechería, Estado Anzoátegui, debidamente asistidos en esta Solicitud por el abogado en ejercicio RAUL RANGEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.978; quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de separarse legalmente de Cuerpos en los términos establecidos en los artículos 189 del Código Civil. La ciudadana Juez Provisoria los exhortó a la reconciliación, haciéndose las reflexiones de Ley, en cuanto a la estabilidad del vínculo matrimonial, la familia y los efectos que conllevan la separación, sin embargo los expresados ciudadanos manifestaron a la Juez no estar dispuesto a ello e insistieron en su solicitud de separación de cuerpos. Con vista de lo antes expuesto, el Tribunal declara formalmente la separación legal de Cuerpos de los ciudadanos ISMAEL ABRAHAN GUERRA SALAZAR y ELINORA JOSEFINA CARABALLO FREITE, plenamente identificados. Así se decide, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.

En consecuencia expídase por Secretaria copia certificada de la solicitud y del presente auto.
LA JUEZ PROVISORIA,

Abg. HAIDEE ROMERO FLORES.(FDO)


LOS SOLICITANTES Y ABOGADO ASISTENTE;


ISMAEL ABRAHAN GUERRA SALAZAR y (FDO)
ELINORA JOSEFINA CARABALLO FREITE / Abg. RAUL RANGEL.(FDO)


LA SECRETARIA;

Abg. ROSLEY BARRIOS FLORES.(FDO)