REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, treinta de septiembre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: BP02-U-2013-000192

Visto el escrito Contentivo de JUICIO EJECUTIVO, interpuesto en fecha siete (07) de Agosto de 2013, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento (U.R.D.D) Civil, por los Abogados, MAGDALENA RODRÍGUEZ, JOSÉ JESÚS SIFONTES LARA Y CARMEN VICTORIA PREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V- 8.394.289, V-8.967.889 y V-8.286.260, debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros: 27.097, 43.709 y 82.486, actuando en su carácter de Representantes Legales de la República, Adscritos al (SENIAT) Región Insular, contra la contribuyente “ELIAS FASHION, C.A.” inscrita en el Registro Único de Información Fiscal bajo el Nº J-31420226-0, con domicilio Fiscal en la Calle Fajardo E/C San Nicolás y Calle Velásquez, Sector Centro, Casa S.N, Local C, Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en fecha treinta (30) de Junio de 2005, bajo el Nº 15, tomo 28-A, y a los Responsables Solidarios, JUAN JOSÉ MOYOLA GONZÁLEZ Y ZULAY VÁSQUEZ DE MOYOLA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-5.997.608 y V-5.48.413, y recibido por ante este Tribunal Superior en fecha ocho (08) de Agosto de 2013.

Por auto de fecha 13 de Agosto de 2013, este Tribunal Superior le dio entrada al presente Juicio Ejecutivo. (Folio 66).

Realizada la revisión del referido escrito y sus recaudos, en fecha 30 de Septiembre de 2013, se dictó y publicó sentencia interlocutoria N° PJ602013000316, mediante la cual se ADMITE la presente demanda de JUICIO EJECUTIVO; Se intima a la contribuyente “ELIAS FASHION, C.A.” y a sus responsables solidarios JUAN JOSÉ MOYOLA GONZÁLEZ Y ZULAY VÁSQUEZ DE MOYOLA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-5.997.608 y V-5.48.413, a fin de que comparezcan por ante este Tribunal Superior dentro de los cinco (05), días de despacho contados a partir de haberse practicado su intimación, más dos (02) días que se le conceden como término de la distancia, para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 294 del Código Orgánico Tributario, pague o compruebe haber pagado a la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION INSULAR DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), adscrito al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas, apercibido de ejecución las siguientes cantidades de dinero:

1.- La cantidad de CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCO BOLÍVARES (BsF. 52.305,00), por concepto de multa, contenida en la Resolución Nº SNAT/INTI/RIN/DF/2111/2009/01563 de fecha 29/10/2009 y en la Intimación al Pago Nº SNAT/INTI/GRTI/RIN/DR/CCA/2010/0711, de fecha 23/08/2010.

2.- Las costas del proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario; la cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA BOLÍVARES FUERTES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs.F 5.230,50) equivalente al diez por ciento (10%) de la suma demandada o formulen oposición conforme a la Ley.

En fecha 04 de Noviembre de 2013, este Tribunal Superior, dictó auto mediante el cual se agregó diligencia presentada en fecha 28 de Octubre de 2013, por la Abogada Carmen Victoria Pérez, debidamente identificada, y actuando en su carácter de Representante Legal de la República, adscrita al SENIAT Región Insular, mediante la cual suministra los emolumentos necesarios para los fotostatos requeridos en el presente asunto. Asimismo, se libró las Boletas de Intimación Nros: 2458/2013, 2459/2013 y 2460/2013, e igualmente se libró oficio de Comisión N° 2461/2013, dirigido al Juzgado Distribuidor de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. (Folios 72 al 78).

En fecha 09 de Diciembre de 2013, el ciudadano Alguacil de este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, dejó constancia de la nota de entrega del oficio N° 2461/2013, de fecha 04/11/2013, a la Abogada Carmen Victoria Pérez, actuando en su carácter de Representante Legal de la República. (Folio 79).

En fecha 20 de Febrero de 2014, este Tribunal Superior, dictó auto mediante el cual se agregó diligencia presentada en fecha 17 de Febrero de 2014, por la Abogada Carmen Victoria Pérez, debidamente identificada, y actuando en su carácter de Representante Legal de la República, adscrita al SENIAT Región Insular, mediante la cual consiga oficio N° 2461/2013, de fecha 04/11/2013, debidamente recibido. (Folios 80 al 83).

En fecha 01 de Junio de 2014, este Tribunal Superior dictó auto mediante el cual se agregó Oficio N° 14-129, de fecha 13/05/2014, emanado del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de loa Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la cual remiten Resultas de las Boletas de Intimación signadas con los Nros: 2458/2013, 2459/2013 y 2460/2013, todas de fecha 04/11/2013, dirigidas a los ciudadanos JUAN JOSÉ MOYOLA GONZÁLEZ, ZULAY VÁSQUEZ DE MOYOLA, y a la contribuyente “ELIAS FASHION, C.A.”, sin ser practicadas por cuanto no se pudo localizar su domicilio. (Folios 84 al 160).

En fecha 25 de Julio de 2014, este Tribunal Superior, dictó auto mediante el cual se agregó diligencia presentada por la Abogada Carmen Victoria Pérez, consignando copias certificadas de las planillas de pago y reporte de SIVIT, con las cantidades pagadas por la contribuyente “ELIAS FASHION, C.A.”. (Folios 161 al 174).

Ahora bien, revisada y analizada la diligencia presentada por la Abogada Carmen Victoria Pérez, funcionaria adscrita a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Insular, actuando en su carácter de sustituta de la ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, este Órgano Jurisdiccional de Instancia observa que: En fecha 25 de Julio de 2014, consignó copias certificadas del Reporte del Sistema Venezolano de Información Tributaria (SIVIT) y Planillas Para Pagar, identificadas con los Nros: de liquidación: 091001223002902, 091001223002901, 091001223002900, 091001223002899, 0910012230028987, 091001223002896, 091001223002893, 091001223002477, y 091001237000007, por concepto de multa, las primeras de fecha 03/11/2009, y la ultima por concepto de costas procesales de fecha 15/01/2011, las cuales fueron debidamente canceladas por la contribuyente “ELIAS FASHION, C.A.”, ante la Agencia del Banco Banesco, ubicado en la Avenida 04 de Mayo, Estado Nueva Esparta. Con base en lo anteriormente expuesto y por cuanto se evidencia un cese del derecho particular por parte de la solicitante, a juicio de este Órgano Jurisdiccional de Instancia Superior, ha desaparecido el objeto jurídico de ésta; y así se decide.-

En consecuencia, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, por cuanto ha cesado el objeto fundamental de la pretensión en la presente causa, con la consignación del Reporte del Sistema Venezolano de Información Tributaria (SIVIT) y Planillas Para Pagar, identificadas con los Nros: de liquidación: 091001223002902, 091001223002901, 091001223002900, 091001223002899, 0910012230028987, 091001223002896, 091001223002893, 091001223002477, y 091001237000007, por concepto de multa, las primeras de fecha 03/11/2009, y la ultima por concepto de costas procesales de fecha 15/01/2011, realizada por la abogada CARMEN VICTORIA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-8.286.260, e Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 82.486, actuando en su carácter de sustituta por representación de la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela; este Tribunal Superior DECLARA: Terminada la presente causa, en virtud de que no existe materia sobre la cual decidir. Así se decide.

Asimismo, se ordena librar Boleta de notificación con sus respectivas copias certificadas de la presente Decisión Interlocutoria con Fuerza Definitiva a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Igualmente se ordena comisionar al Juzgado Distribuidor Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, a través de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Caracas, a los fines que el Alguacil del Juzgado a que corresponda la presente comisión se sirva practicar la Boleta de Notificación dirigida al ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio con las inserciones pertinentes.

Se ordena el archivo del presente asunto; Una vez que conste en autos las resultas de las Notificaciones ordenadas.

Regístrese y publíquese. Déjese copia de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.

Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los Treinta (30) días del mes de Septiembre del año 2014. Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.

EL JUEZ PROVISORIO,


Dr. PEDRO RAMIREZ.
LA SECRETARIA ACC.,


ABG. YARABIS POTICHE.

Nota: En esta misma fecha (30-09-2014), siendo las 09:55 a.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
LA SECRETARIA ACC.,


ABG. YARABIS POTICHE.



PDR/HA/cl