REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de septiembre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: BP02-R-2014-000492


Vista la diligencia de fecha 19 de Septiembre de 2.014, suscrita por el ciudadano RAMON ANTONIO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.241.021, debidamente asistido por la abogada en ejercicio ENMA PARABABIRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 94.326, por una parte y por la otra el abogado en ejercicio JESUS ALFREDO REYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 183.747, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana SILVIA ZAMBRANO, plenamente identificada en autos, y visto el contenido de la misma, con la cual la apelante desiste del presente recurso ejercido en contra de la sentencia dictada 04 de Septiembre de 2.014, en consecuencia y de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se Homologa dicho desistimiento y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente Recurso.-
El Juez Provisorio,
La Secretaria

Abg. Emilio Arturo Mata Quijada
Abg. Marieugelys García Capella.


EAMQ/lorena.-