REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de septiembre de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: BP02-M-2014-000012
Visto el escrito presentado en fecha 26 de Septiembre de 2.014, suscrito por el abogado en ejercicio JAVIER VARGAS ALEMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 111.721, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil TECHNICAL INSPECTION DE VENEZUELA, C.A., (TIVECA), por una parte y por la otra TALADRO HOLDINGS VENEZUELA, C.A., representada por el abogado en ejercicio PABLO ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.582, y vista la transacción suscrita por ellos, este Tribunal la HOMOLOGA en los mismos términos por ellos expuestos y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia y en base a la antes homologada transacción, se ordena oficiar a la Entidad Banco BICENTENARIO, Banco Universal, a los fines de que se sirva emitir Cheque de Gerencia por la cantidad de SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 624.946,00), a favor de la Sociedad Mercantil TECHNICAL INSPECTION DE VENEZUELA, C.A., (TIVECA); Cheque de Gerencia a favor del ciudadano JAVIER VARGAS ALEMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.788.831, por la cantidad de CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES (Bs. 188.724,00); y Cheque de Gerencia a favor del ciudadano PABLO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.683.317, en su carácter de apoderado judicial de TALADRO HOLDINGS VENEZUELA, C.A., por la cantidad remanente, más los intereses devengados, luego de debitados los antes mencionados montos de la Cuenta de Ahorros Nº 01750088170061824023. Líbrese oficio.-
El Juez Provisorio,
La Secretaria
Abg. Emilio Arturo Mata Quijada
Abg. Marieugelys García Capella.
EAMQ/lorena.-
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