Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 8 de Septiembre de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2014-000563
ASUNTO : BP01-S-2014-000563


Visto el escrito presentado por la Representante de la Fiscalía numero 24º DRA. CARLA DUARTE, en el cual solicita la imposición de medidas menos gravosas en cuanto en sustitución de la Privativa de Libertad, a favor del imputado, PEDRO LUIS MARIÑO, por la PRESUNTA comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de PIERANYELI DE LOS ANGELES DEL VALLE PEREZ HERNANDEZ.
Ahora bien la ciudadana fiscal presento en fecha 05/09/2014 oficio n° 03-f24-1063-2014, Sucrito Por La Abg. Gloria America Molina, en su carácter de fiscal vigésima cuarta del ministerio publico. A los fines de remitir escrito de solicitud de una medidas menos gravosa a favor del ciudadano pedro Luis Mariño. Todo Constante De (02) Folios, visto esto este Tribunal Nº 1, de control, audiencia y medidas del circuito JUDICIAL EN DELITOS CONTRA LA MUJER, ACUERDA IMPONERLE AL IMPUTADO, PEDRO LUIS MARIÑO, suficientemente identificado en autos, MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS contenidas en el articulo 242, del código orgánico procesal penal ordinal 3º, presentaciones cada 30 días por ante las oficinas de alguacilazgo de este Circuito, por carecer el ministerio publico de suficientes elementos de convicción para formular acusación en su contra. Regístrese y Publíquese y notifíquese a las partes.




DISPOSITIVA

En consecuencia y en mérito de los argumentos anteriormente explanados este Tribunal De Primera Instancia En Funciones De Control, Audiencias Y Medidas Numero 01 Con Competencia En Materia De Violencia Contra La Mujer Del Circuito Judicial Penal Del Estado Anzoátegui Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley Decide: UNICO: decretar MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS contenidas en el articulo 242, del código orgánico procesal penal ordinal 3º, presentaciones cada 30 días por ante las oficinas de alguacilazgo de este Circuito, tal como lo solicito la Fiscalía del Ministerio Publico

EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS N° 01,

DR. FABRICIO LOPEZ

LA SECRETARIA
DRA. YULIMAR JIMENEZ