REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, catorce de abril de dos mil quince
204º y 156º
ASUNTO: BP02-N-2014-000223
Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado Reimundo Mejias, inscrito en el IPSA bajo el Nº 116.029, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Wilmer Antonio Castillo Estanga; el Tribunal observa:
De la revisión de los anexos acompañados al escrito de promoción, en relación a las pruebas documentales promovidas en el Capítulo II, Particulares: 1, 5, 8, 10, 12, 14 y 19, se evidencia que los mismos no coinciden con los datos suministrados por el promovente, por lo cual el Tribunal niega su admisión.
La Juez,
Dra. Mirna Mas Y Rubí Spósito
El Secretario,
Abog. Javier Arias León.
s.v.
|