REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veinte de abril de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-N-2014-000225
Siendo la oportunidad para pronunciarse con relación al escrito de promoción de pruebas presentado por el Abogado CARLOS ENRIQUE GUICARA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 42.416, Apoderado Judicial de la parte actora ciudadana: LUISAURA DEL CARMEN FLORES RODRÍGUEZ, en su Capítulo VIII, este Tribunal la declara inadmisible, por cuanto en la misma no se invoco la norma legal en la que se encuentra enmarcada la misma., ello en atención al criterio jurisprudencial sostenido por el Tribunal Supremo de Justicia.
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito
El Secretario,
Abg. Javier Arias León.
Fys,.
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