REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de abril de dos mil quince
204º y 156º
ASUNTO: BP02-V-2010-000247
SENTENCIA.
Visto el escrito contentivo de la Transacción, suscrita por la ciudadana MARIA GRACIOSO LOPEZ DE SALAS, actuando en su carácter de representante de la sucesión LOPEZ IRIZA, plenamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio CARLA SOLORZANO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 75.797, actuando en este acto con el carácter de parte accionada; por una parte, y por la otra, el abogado JORGE ZACARIAS, inscrito en el IPSA bajo el Nº 94.317, plenamente asistido en este acto por el abogado VICTOR ALFREDO PRIETO MELO, inscrito en el IPSA bajo el Nº 76.580, quien actúa en el presente acto en su condición de parte actora en la presente demanda por INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES; El Tribunal, por cuanto tal actuación no es contraria al orden público y versa sobre derechos disponibles, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con base a lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACIÓN de la presente Transacción, en los mismos términos y condiciones establecidos en dicho escrito.-
El Juez,
Abg. José Jesús Ramírez García El Secretario,
Abg. Oswaldo José Fernández Sierra.-
En esta misma fecha, siendo las 11:00 A.M; se dictó y publicó la anterior sentencia. Conste.-
JJRG/cmbp.
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