SENTENCIA INTERLOCUTORIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

ASUNTO: BP02-S-2013-002507

En horas de despacho del día de hoy, 30 de Abril de 2015, comparecen por ante este Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, los ciudadanos: FRANK JOSE CHACIN RENGEL Y KATHERINE DEL VALLE RODRIGUEZ VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nsº 14.827.232 Y 17.729.030, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio MARIBEL CHACON, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 100.118; quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de separarse legalmente de Cuerpos, de conformidad con las previsiones del Código Civil.- La ciudadana Juez Provisorio los exhorto a la reconciliación, haciéndoles las reflexiones de Ley, en cuanto a la estabilidad del vinculo matrimonial, la familia y los efectos que conllevan la separación, sin embargo los expresados ciudadanos manifestaron a la Juez no estar dispuesto a ello e insistieron en su solicitud de separación de cuerpos y bienes.- Con vista de lo antes expuesto, el Tribunal declara formalmente la separación legal de Cuerpos y de bienes de los ciudadanos: FRANK JOSE CHACIN RENGEL Y KATHERINE DEL VALLE RODRIGUEZ VILLAMIZAR. Así se decide. Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
En consecuencia expídase por Secretaría copia certificada de la solicitud y del presente auto.
La Juez Provisorio


Abg. María Eugenia Pérez
Los solicitantes y
Su abogado asistente
La Secretaria


Abg. Ismary Lara