REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, treinta de abril de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-C-2015-000351
Revisada como ha sido la anterior comisión contentiva del juicio por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA), incoada por la Sociedad Mercantil SERVIRODCA, C.A., contra el CONSORCIO PROFVENCA C.A. Este Tribunal se declara incompetente por el territorio, para conocer del presente asunto y declina la competencia en el Tribunal del Municipio Autónomo Anaco del Estado Anzoátegui, todo ello en virtud que la parte actora se encuentra domiciliada en el Sector Pueblo Nuevo, Anaco, Municipio Autónomo Anaco del Estado Anzoátegui. En consecuencia a los fines de cumplir con los requisitos de Ley se ordena lo conducente. Líbrese oficio remítase. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIA.
Abg. HAIDEE ROMERO FLORES.(FDO)
LA SECRETARIA.
Abg. ROSLEY BARRIOS FLORES(FDO)
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