Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: SANDY DE LA ROSA ZAMORA GUARIRAPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.15.211.792, domiciliada en Aragua de Barcelona, Municipio Autónomo Aragua del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSÉ GREGORIO ROBLES BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.188, mediante el cual solicita sea declarado junto a los ciudadanos: ZAIRA ROSA ZAMORA GUARIRAPA, SAUDY ROSA ZAMORA GUARIRAPA, FEDERICO ANTONIO ZAMORA GUARIRAPA y SOR ELENA ZAMORA GUARIRAPA mayores de edad, venezolanos, titulares de la cédula de Identidad Nos. 15.211.792, 13.178.831, 13.178.830, 14.082.490 y 15.211.793, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la extinta MARTINA RAMONA GUARIRAPA ORTIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 9.075.427, fallecida Ab-intestato en fecha 31 de Octubre del año 2012 en la ciudad de Aragua de Barcelona del Estado Anzoátegui.- Asimismo, vistos los recaudos acompañados y cumplidos los requisitos ordenados en auto de fecha 25 de Noviembre de 2013, así como las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: JEAN CARLOS MARTÍNEZ PADRÓN y CARMEN JOSEFA MORALES DE RONDÓN, mayores de edad, venezolanos, titulares de la cédula de Identidad Nos. 15.065.370 y 9.076.317, respectivamente, domiciliados ambos en esta ciudad, mediante las cuales corroboradamente afirman tener conocimiento sobre los particulares de la solicitud, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARAGUA SIR ARTHUR MAC GREGOR Y SANTA ANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarle su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: SANDY DE LA ROSA ZAMORA GUARIRAPA, ZAIRA ROSA ZAMORA GUARIRAPA, SAUDY ROSA ZAMORA GUARIRAPA, FEDERICO ANTONIO ZAMORA GUARIRAPA y SOR ELENA ZAMORA GUARIRAPA mayores de edad, venezolanos, titulares de la cédula de Identidad Nos. 15.211.792, 13.178.831, 13.178.830, 14.082.490 y 15.211.793, respectivamente , de la extinta, MARTINA RAMONA GUARIRAPA ORTIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 9.075.427, fallecida Ab-intestato en fecha 31 de Octubre del año 2012 en la ciudad de Aragua de Barcelona del Estado Anzoátegui, dejando en todo caso a salvo los derechos de Terceros. Así mismo, devuélvase original con sus resultas, a la parte solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.

LA JUEZ PROVISORIA

(fdo)ABG. MARÍA MAGDALENA YEGRES.
EL SECRETARIO ACC,

(fdo) Abg. TOMÁS ARÉVALO.
Constante de (14) folios útiles se devuelve original con sus resultas a la solicitante.- Conste.-

Solic. N° 13-11-14 (fdo)EL SECRETARIO ACC,