REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, ocho de diciembre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: BP02-N-2013-000278

Por cuanto de actas se evidencia que en fecha 9 de noviembre de 2015, fueron agregadas las pruebas presentadas los abogados Karina Ríos y Ronald Castillo, inscritos en el IPSA bajo los N° 80.867 y 141.342, respectivamente, en sus caracteres de apoderados judiciales de la parte demandada, en la presente causa, y siendo que en la oportunidad legal las mismas no fueron admitidas por error involuntario, es por lo que este Juzgado las da por admitidas.
La Juez

La Secretaria Acc.,

Dra. Mirna Mas y Rubi Sposito.

Abog. Josmire Carolina Zurita.
A.A.