REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de diciembre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-F-2015-000174
Vista la anterior diligencia de fecha 26 de noviembre del año 2.015, suscrita por el ciudadano MIGUEL RODRÍGUEZ BARBOZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. 8.231.540, en su condición de demandante, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Cesar Manrique, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.916, mediante la cual, desiste tanto de la acción como del procedimiento de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES HABIDOS EN LA UNIÓN ESTABLE DE HECHO, propuesto por el ciudadano MIGUEL RODRÍGUEZ BARBOZA, antes mencionado e identificado, contra la ciudadana MILEXA DEL CARMEN LEZAMA; venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. 8.231.540, asimismo la devolución de los documentos originales; este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la misma forma, términos y condiciones contenidos en la mencionada diligencia, ordenándose proceder como en sentencia pasada, en autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse los recaudos originales solicitados, previa su certificación en autos.- Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.-
El Juez Temporal
Abg. Alfredo Peña Ramos. La Secretaria Titular,
Abg. Judith Moreno Sabino
Se solicitan copias fotostáticas para proveer.- Conste.-
La Secretaria Titular,
Abg. Judith Moreno Sabino.
/Eva.-
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