REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de diciembre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: BP02-F-2015-000094

En horas de despacho del día de hoy, diez (10) de diciembre del año dos mil quince (2015), siendo las 10:30 a.m., fecha y hora fijados para que tenga lugar el primer acto reconciliatorio en la presente causa de divorcio intentada por el ciudadano Héctor Rafael Cacharuco Guapache, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº.8.248.654, en contra de la ciudadana Rosa Orquídea Magallanes, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 8.260.089, se abre el acto previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por parte del Alguacil y por cuanto no compareció persona alguna, el Tribunal declara EXTINGUIDO el presente procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil y se ordenó al archivo del expediente.-
EL JUEZ PROVISORIO,


Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,


Abg. MIRLA MATA ROJAS