REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los
Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo
y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Guanta, 08 de Diciembre de 2015
205º y 156º
ASUNTO: BP02-S-2015-001645
SOLICITANTE: NANCY HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-3.687.158.-
ABOGADO ASISTENTE: ROSMAR JOSEFINA MARCANO HERNANDEZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 96.415.-
SOLICITUD: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Por recibido en fecha 20 de Octubre de 2015, de la Unidad de Recepción de Documentos (U.R.D.D) con sede en Barcelona Estado Anzoátegui, Solicitud de DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la Ciudadana NANCY HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-3.687.158, debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio ROSMAR JOSEFINA MARCANO HERNANDEZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 96.415; tramitada la misma por ante éste Tribunal de conformidad con las facultades que les fueron otorgadas mediante Resolución Nº 2009-0006, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia de fecha 18 de Marzo de 2009, Publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el Nº 39.152, de fecha 02 de Abril de 2009; mediante la cual Solicita se sirva éste Tribunal declarar a la Ciudadana NANCY HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-3.687.158, como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del Causante CARLOS JAVIER HERNANDEZ, quien fue venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.873.345, tal como se desprende del Acta de Defunción Nº 1465, Folio 215, Tomo 6, Año 2015, que en copia previamente Certificada por el Ciudadano Secretario de este Juzgado y que acompañaron a la Solicitud, y corre inserta al Folio 04.-
En fecha 10 de Noviembre de 2015, este Tribunal Admitió la presente Solicitud, el cual en esa misma fecha se fijo el Quinto (5º) día de Despacho siguiente al de esa fecha, para que diera lugar la Evacuación Testimonial en la presente Solicitud.-
En fecha 01 de Diciembre 2015, tuvo lugar el acto de evacuación testimonial de los Ciudadanos SILVIA JOSEFINA NEGRON ALCALA y ORLANDO RAFAEL ARISMENDI GUERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.225.478 y V-4.916.393, respectivamente, tal y como consta a los folios 10 y 11, respectivamente, de la presente Solicitud; quienes comparecieron por ante este Tribunal, manifestando bajo juramento que: PRIMERO: ¿Digan los testigos si conocen a la Ciudadana Nancy Hernández, suficientemente de vista trato y comunicación? CONTESTARON: Si y Si, respectivamente.- SEGUNDO: ¿Digan los testigos si de igual

manera conocieron al De cujus Carlos Javier Hernández? CONTESTARON: Si y Si, respectivamente.- TERCERO: ¿Digan los testigos si por ese conocimiento que dicen tener pueden dar fe que el prenombrado Causante Ciudadano Carlos Javier Hernández era hijo de la Ciudadana Nancy Hernández? CONTESTARON:Si y Si, respectivamente.- CUARTO: ¿Digan los testigos si por ese conocimiento que dicen tener, saben y les consta que el Causante Carlos Javier Hernández falleció Ab-Intestato en el sector el Viñedo de Barcelona del Estado Anzoátegui, en fecha 08-08-2015, a la edad de 35 años, siendo su domicilio y residencia actual en el sector campo claro, calle tibisay, Casa Nº 7-1, Barcelona, Municipio Simon Bolívar del Estado Anzoátegui? CONTESTARON: Si y Si, respectivamente.- QUINTO: ¿Digan los testigos si les consta que la Única y Universal Heredera, Ab-Intestato del Causante Carlos Javier Hernández, es su madre la Ciudadana Nancy Hernández y que no hay otro heredero legitimo? CONTESTARON: Si y no hay y Si me consta y no hay otros herederos, respectivamente.-
En tal sentido éste Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de a Republica Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley y en uso de sus atribuciones legales, de conformidad con las facultades que les fueron otorgadas mediante Resolución Nº 2009-0006, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia de fecha 18 de Marzo de 2009, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el Nº 39.152, de fecha 02 de Abril de 2009; Declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a la Ciudadana: NANCY HERNANDEZ, antes identificada, , su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del Causante CARLOS JAVIER HERNANDEZ, quien fue venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.873.345, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídase las Copias Certificadas solicitadas y entréguense las presentes actuaciones en originales a la parte interesada. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. SANDRA ROJAS MORENO
EL SECRETARIO,

Abog. JESÚS RAFAEL PINTO
En esta misma fecha y siendo las 11:30 a.m., se dictó y publicó la anterior Sentencia.- Conste:

EL SECRETARIO,






ASUNTO: BP02-S-2015-001645
SRM/jfd