REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de enero de dos mil quince
204º y 155º
ASUNTO: BP02-L-2014-000490
SENTENCIA
Vista la diligencia presentada en fecha 23 de Enero del presente año 2015, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento de este Circuito Judicial de Barcelona, por parte del Ciudadano LEONARDO JOSE RANGEL CARCURIAN, titular de la Cédula de Identidad Nº 24.392.353, debidamente asistido por el abogado en ejercicio CILENA RAMIREZ, inscrita en el I. P. S. A, bajo el Nº 118.637, en donde DESISTE tanto de la acción como del procedimiento por cobro de Prestaciones Sociales en contra de la empresa TRANSPORTE URBANO FERMIN C.A y CONSTRUCTORA URBANO FERMIN C.A : Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en Barcelona, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia por aplicación analógica del articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION respectiva para darle el carácter de autoridad pasada en Cosa Juzgada, pero sólo respecto al desistimiento del procedimiento. En relación con la Acción se niega la homologación, debido a la irrenunciabilidad de los derechos laborales. Se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, al primer (01) día del mes de Julio del dos mil nueve (2009).
El Juez,
Abg. Ángel G. Parra
La Secretaria,
Abg. Yessica Medina.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
Abg. Yessica Medina.
|