Nro. DE EXPEDIENTE: BP02-L-2014-000479
PARTE ACTORA: ELPIDIO MACHADO
APODERADO DE LA DE LA PARTE ACTORA: MARYORIS DEL VALLE DE LIRA
PARTE DEMANDADA: SERENOS MONAGAS C.A
APODRADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: KATY VALVERDE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALESY OTROS CONCEPTOS
Hoy, 23 de enero de 2015 día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, compareció el abogado en ejercicio MARYORIS DEL VALLE DE LIRA , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No..14.633.685, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.91.859, en su condición de apoderado judicial de la parte actora y procuradora de trabajadores del estado Anzoátegui y la parte actora ciudadano ELPIDIO MACHADO. De igual forma en representación de la parte demandada entidad de trabajo SERENOS MONAGAS C.A I, según se evidencia de poder en autos comparecieron , la Abogados en ejercicio KATY VALVERDE , venezolanos, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.6.860.633 e, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nro.28.789 respectivamente, Dándose así inicio a la audiencia, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este acto los apoderados judiciales de la parte demandada entidad de trabajo SERENOS MONAGAS C.A a los fines de dar por terminado el procedimiento, ofrece al reclamante por todos los conceptos peticionados en el libelo la cantidad global de SEIS MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.6.000,00), pagaderos en cheque de gerencia a nombre del trabajador, de la cuenta Nro.01050744842744009458 del Banco Mercantil, cheque Nro.34009458, Es todo, seguidamente y en este acto la parte reclamante acepta en toda y cada una de sus partes los montos y conceptos ofertados.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Ambas partes solicitan copia certificada de la presente acta, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado.
Se entrega en este las pruebas promovidas por la parte reclamante y demandada
El Juez
Abg. JUAN BAUTISTA MARTINEZ LARA
La Secretaria,
Abg. Ysbeth Ramírez.
Los Presentes
Seguidamente y este acto, siendo las 10:49, a.m., se publico la anterior resolución. Conste:
La Secretaria,
|