REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintitrés de enero de dos mil quince
204º y 155º

ASUNTO: BP02-J-2014-001711
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

ADMINISTRACIÒN DE BIENES (Autorización Judicial

Solicitantes: SORFANIA DEL VALLE RINCONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.836.368.

FISCAL: Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Publico

Niños, Niños, Adolescentes: (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)

DERECHOS PROTEGIDOS: Nutrición


Vistos que siendo la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar a la que se contrae el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la solicitud AUTORIZACION JUDICIAL (Administración de Bienes) presentada por la ciudadana SORFANIA DEL VALLE RINCONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.836.368, debidamente asistida en este acto por el Abogado en ejercicio VICTOR MANUEL MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.724, a favor de sus hijos los adolescentes : (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) Anunciado el acto a las puertas del Tribunal del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil, Glenal Gonzalez, deja expresa constancia de la comparecencia de la parte solicitante, SORFANIA DEL VALLE RINCONES, el Abogado asistente y la Fiscal Décimo Quinto Encargada del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui. Seguidamente se le concedió la palabra a la solicitante la ciudadana SORFANIA DEL VALLE RINCONES quien en representación de sus hijos, expuso: “Solicito a este tribunal me haga entrega de la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000) para cubrir gastos de ropa de mis hijos, ya que en el mes de diciembre no logre realizar las compras necesarias ni cubrir sus necesidades, debido a que no tengo trabajo fijo y sin cuatro hijos adolescentes y joven a los cuales es difícil cubrir esas necesidades, dicha cantidad solicito sea deducida de lo depositado en la cuenta de ahorros apertura por este tribunal a favor de mis hijos signada con el Nº 01750088100061836601, Es todo Seguidamente interviene la Fiscal Décima Quinta encargada del Ministerio Público, quien expuso: “Vista la solicitud formulada por la Ciudadana SORFANIA DEL VALLE RINCONES, en su carácter de representante legal de sus hijos no tengo nada que objetar a las solicitudes realizadas por ser beneficiosas para los niños.- Es todo. Seguidamente esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Estado Anzoátegui-Sede Barcelona, visto el pedimento formulado por la ciudadana SORFANIA DEL VALLE RINCONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.836.368, debidamente asistida en este acto por el Abogado en ejercicio VICTOR MANUEL MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.724, a favor de sus hijos los adolescentes : (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y la opinión de la fiscal décimo Quinta encargada del Ministerio Publico; por cuanto dichos pedimentos no es contrario a las Leyes y a ninguna de las disposiciones legales, y en aras de la garantía del Interés Superior del niño y los adolescentes establecidos en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; en consecuencia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL solicitada por la ciudadana SORFANIA DEL VALLE RINCONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.836.368, debidamente asistida en este acto por el Abogado en ejercicio VICTOR MANUEL MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.724, a favor de sus hijos los adolescentes : (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) SEGUNDO: Autoriza a la ciudadana SORFANIA DEL VALLE RINCONES, ampliamente identificada para que en nombre y representación de sus hijos (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) retire la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000) para cubrir gastos de ropa de mis hijos a los fines de cubrir los gastos de ropa, calzado y todo lo necesario para su sustento, cuya cantidad de dinero debe ser deducida de la cuenta de ahorros apertura por este tribunal signada con el Nº 01750088100061836601, en el Banco Bicentenario a favor de los adolescentes de autos.-.TERCERO: Se ordena oficiar a la OFICINA DE CONTROL Y CONSIGNACION, para que se le de estricto cumplimiento a lo aquí ordenado y cumplidas las formalidades exigidas por la Ley.- Líbrese oficio.-
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Barcelona, a los veintitrés (23) días del mes de Enero del año dos mil quince (2015).
LA JUEZA TEMPORAL

Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.
La Secretaria, Acc

Abg. Clara Astudillo
En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión;

La Secretaria, Acc

Abg. Clara Astudillo