REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, quince de enero de dos mil quince
204º y 155º

ASUNTO: BP02-M-2014-000059

SENTENCIA.

Vista la anterior diligencia suscrita en fecha 14 de enero del año 2015, inscrita en el ipsa bajo el Nº 27.558, por la abogada LOURDES REYES, inscrita en el IPSA bajo el Nº 27.558, donde solicita que se DESISTA del procedimiento y asimismo se le devuelva los documentos originales solicitados. Atendiendo a la declaración de voluntad de la parte actora por la cual está renunciando o abandonando la pretensión que ha hecho valer en el juicio por INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES; Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil igualmente se acuerda la devolución de los originales solicitados, previa su certificación en autos, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
El Juez,

Abg. JOSE J. RAMIREZ G.-
El Secretario,

Abg. OSWALDO J. FERNANDEZ S.-
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-


JJRG/cmbp.