REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, dieciocho de febrero de dos mil quince
204º y 155º

ASUNTO: BP02-U-2011-000364

Visto el escrito Contentivo del JUICIO EJECUTIVO, interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) Civil, en fecha 08-12-2011, por el abogado JOSE GREGORIO ALVAREZ GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 8.469.228, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 30.661, actuando en su carácter de Apoderado de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, contra la contribuyente TRANSPORTE MILITAREK, C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 06-09-2000, anotado bajo el Nº 35, Tomo A-51, domiciliada en la Av. Los Pilones con Calle IUTA, Anaco, Estado Anzoátegui.

Por auto de fecha 13 de diciembre de 2011, este Tribunal Superior le dio entrada al presente Juicio Ejecutivo. (Folio 44).

En fecha 13 de diciembre de 2011, se agregó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual consignó Registro Mercantil y Acta de Asamblea Ordinaria de Accionistas de la contribuyente TRANSPORTE MILITAREK C.A. Folio 45

En fecha 10 de enero de 2012, este Tribunal Superior dictó y publicó Sentencia Interlocutoria Nº PJ602012000002, Admitiendo el presente JUICIO EJECUTIVO intentado por la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, contra la contribuyente TRANSPORTE MILITAREK C.A. Folio 46.

En fecha 17 de enero de 2012, se libró Boletas de Intimación signada con los Nros: 98/2012, 99/2012 y 100/2012, dirigidas a la contribuyente TRANSPORTE MILITAREK C.A., y a sus responsables solidarios MALY HASSIB EK SOUKI LARA y INES SAMIRA ACOSTA DE EL SOUKY. Folios 47 al 49

En fecha 24 de enero de 2012, se ordenó abrir Cuaderno Separado de Medidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, igualmente se ordenó librar Mandamiento de Ejecución dirigido a la contribuyente TRANSPORTE MILITAREK C.A. Folios 01 al 02.

En fecha 06 de febrero de 2012, se dictó auto mediante el cual se agregó y se acordó la diligencia presentada por el apoderado judicial del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual solicitó Correo Especial y la entrega del Mandamiento de Ejecución. Folio 52

En fecha 13 de febrero de 2012, el ciudadano Alguacil de este Tribunal Superior consignó SIN CUMPLIR Boleta de Intimación Nº 100/2012, dirigida a la ciudadana INES SAMIRA ACOSTA DE EL SOUKY, en su carácter de Representante de la contribuyente TRANSPORTE MILITAREK C.A. Folio 88

En fecha 15 de febrero de 2012, se agregó y acordó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, mediante la cual solicitó se sirva notificar a la contribuyente TRANSPORTE MILITAREK C.A., por Cartel de Intimación a los fines de ser publicado en el diario el Tiempo Folios 91 al 92.

En 16 de febrero de 2012, se agregó Oficio Nº 3580-035, de fecha 13/02/2012, emanado del Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, mediante el cual remiten Medida de Embargo Ejecutiva debidamente cumplida. Igualmente, se ordenó depositar el cheque de gerencia Nº 76005009, del Banco Mercantil Banco Universal, en la cuenta de este Tribunal Superior, para su resguardo, asimismo se ordenó expedir copia certificada del cheque Supra identificado. Folio 23.

En fecha 28 de marzo de 2012, se agregó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual consigna Cartel de Intimación publicado en el Diario el Tiempo. Folio 97.

En fecha 09 de abril de 2012, se agregó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual consigna Cartel de Intimación publicado en el Diario el Tiempo. Folio 101.

En fecha 10 de abril de 2012, se agregó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual consigna Cartel de Intimación publicado en el Diario el Tiempo. Folio 106.

En fecha 20 de abril de 2012, se agregó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual consigna Cartel de Intimación publicado en el Diario el Tiempo. Folio 111

En fecha 08 de mayo 2012, se dejó constancia por Secretaria del traslado para la fijación del Cartel correspondiente a la contribuyente TRANSPORTE MILITAREK C.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 650 del Código de Procedimiento Civil. Folio 112.

En fecha 05 de junio de 2012, se agregó a los autos diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual solicitó se designe defensor judicial. Folio 115.

En fecha 19 de junio de 2012, se dictó auto mediante el cual este Tribunal Superior se pronunció con respecto a la solicitud de la Designación de un defensor Judicial, y se abstiene de proveer lo solicitado en virtud de no haberse cumplido las formalidades dispuestas en el artículo 650 del Código de Procedimiento Civil. Folio 116.

En fecha 23 de junio de 2012, se agregó y se acordó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual solicitó nuevo Cartel de Intimación, a los fines de ser publicado en el diario el TIEMPO. Folios 119 al 120

En fecha 11 de julio de 2012, se dejó constancia de la entrega del CARTEL DE INTIMACIÓN, librado en fecha 26/06/2012, al apoderado del Fisco Municipal.

En fecha 19 de septiembre de 2012, se agregó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual consigna Cartel de Intimación publicado en el Diario el Tiempo. Folio 125

En fecha 25 de octubre de 2012, se agregó y se acordó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual solicitó Oficio de Comisión a los fines de fijar el cartel de intimación a las puertas de la empresa demandada. Folio 130

En fecha 20 de septiembre de 2012, se agregó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual consigna cuatro carteles de Intimación debidamente publicados. Folio 135

En fecha 01 de noviembre de 2012, se agregó y se acordó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía de Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual solicita se le designe Correo Especial para realizar la práctica de la Comisión Nº 20992012. Folio 138

En fecha 01 de noviembre de 2012, se dejó constancia de la entrega del Oficio 2099/2012, al apoderado judicial de la Alcaldía de Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui. Folio 139

En fecha 20 de noviembre de 2012, se agregó resultas de la comisión Nº 2099/2012, debidamente cumplida. Folio 146

En fecha 18 de enero de 2013, se agregó y se acordó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía de Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual solicita se designe defensor al demandado en la presente causa. Folio 150

En fecha 25 de enero de 2013, se agregó y se acordó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía de Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual solicita copias simples. Folio 154

En fecha 28 de enero de 2013, se agregó diligencia presentada por el apoderado judicial de la Alcaldía de Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual solicita entrega del Cheque Nº 76005009. Folio 161.

En fecha 13 de febrero de 2013, se agregó diligencia por el apoderado judicial de la Alcaldía de Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual solicita entrega del Cheque Nº 76005009. Folio 178.

En fecha 19 de febrero de 2013, se agregó diligencia por el apoderado judicial de la Alcaldía de Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, en la cual se le hace entrega de las cantidades de dinero que corresponden al monto de la demanda las cuales se encuentran en el resguardo de este Tribunal Superior, igualmente consigna la aceptación del convenimiento suscrito por la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, y en consecuencia se ordenó la cantidad de 02 Cheques de Gerencia a nombre de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, montos correspondientes a la deuda principal y a las costas del proceso. Folio 182.

En fecha 25 de febrero de 2013, se le hizo entrega José Gregorio Álvarez Guzmán, en su carácter de apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, de los Cheques de Gerencia emanados del Banco Bicentenario Banco Universal, signado bajo el Nros: 00007777 y 00007778, de fecha 25/02/2013, por las cantidades de NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 98.345,64) y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 9.834,56). Folio 186.

En fecha 28 de febrero de 2013, se agregó a los autos diligencia presentada por el apoderado judicial de la contribuyente TRANSPORTE MILITAREK C.A., en la cual solicitó copias simples. Folio 193.

Ahora bien, a los fines de emitir un pronunciamiento expreso observa este Tribunal que:

Mediante diligencia de fecha 25-01-2013 el abogado ALEXIS JOSE RONDON actuando en su carácter de el apoderado judicial de la contribuyente TRANSPORTE MILITAREK C.A., solicitó la entrega del cheque de gerencia Nº 76005009 por un monto de Bs. 108.108,20 a favor de la Alcaldía Santa Ana, con la finalidad de ponerle fin al proceso.

Asimismo, se observa que en fecha 25-02-2013 se le hace entrega al abogado JOSE GREGORIO ALVAREZ GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-8.469.228, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 30.661, actuando en representación de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, de dos (02) Cheques de Gerencia emanados del Banco Bicentenario Banco Universal, signados con los Nros: 00007777 y 00007778, de fechas 25-02-2013, por la cantidad de Bolívares: Noventa y Ocho Mil Trescientos Cuarenta y Cinco con Sesenta y Cuatro Céntimos (Bs. 98.345,64) y Nueve Mil Ochocientos Treinta y Cuatro con Cincuenta y Seis Céntimos (Bs. 9.834,56), evidenciándose de lo anterior el pago completo de las obligaciones Tributarias contentiva del presente Juicio Ejecutivo.

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Superior, declara dicho pago fidedigno y con pleno valor probatorio; y por cuanto se evidencia un cese del derecho reclamado por parte del Fisco Nacional, a juicio de este Órgano Jurisdiccional de Instancia Superior, ha desaparecido el objeto jurídico del presente Juicio Ejecutivo ésta; y así se decide.-

En consecuencia, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, por cuanto ha cesado el objeto fundamental de la pretensión en la presente causa, con la entrega de dos (02) Cheques de signados con los Nros: 00007777 y 00007778, de fecha 25-02-2013, por la cantidad de Bolívares: Noventa y Ocho Mil Trescientos Cuarenta y Cinco con Sesenta y Cuatro Céntimos (Bs. 98.345,64) y Nueve Mil Ochocientos Treinta y Cuatro con Cincuenta y Seis Céntimos (Bs. 9.834,56) por parte de la contribuyente TRANSPORTE MILITAREK C.A., este Tribunal Superior DECLARA: Terminada la presente causa, en virtud de que no existe materia sobre la cual decidir. Así se decide.

Se ordena librar Boleta de notificación con sus respectivas copias certificadas de la presente Decisión Interlocutoria con Fuerza Definitiva al Alcalde y al Síndico Procurador Municipal de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Igualmente, se ordena comisionar al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santa Ana del estado Anzoátegui, a los fines que el Alguacil del Juzgado a que corresponda la presente comisión se sirva practicar la Boleta de Notificación dirigida al Alcalde y al Síndico Procurador Municipal de la Alcaldía del Municipio Santa Ana del estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio con las inserciones pertinentes.

Regístrese y publíquese. Déjese copia de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.

Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los dieciocho (18) días del mes de febrero del año 2015. Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.

EL JUEZ PROVISORIO,

Dr. PEDRO RAMIREZ.
LA SECRETARIA,

ABG. YARABIS POTICHE.

Nota: En esta misma fecha (18-02-2015), siendo las 10:20 a.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
LA SECRETARIA,

ABG. YARABIS POTICHE.

PDRP/YP/hm