REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de febrero de dos mil quince
204º y 155º
ASUNTO: BP02-V-2015-000149

Vista la causa contentiva de Daños y Perjuicios, intentada por Fernando Efraín Hornas y María Marisela Guarique García, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs. 24.832.430 y 13.789.526, respectivamente, ambos domiciliados en la ciudad de Anaco, estado Anzoátegui, a través de apoderado judicial, abogado Nelson Bucarán Deffendini, inscrito en el Inpreabogado con el Nº. 20.280, contra la ciudadana Santina María Nastasi Guarique, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 8.272.890, domiciliada en la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar del estado Anzoátegui, distribuido a este Tribunal y emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; a la cual se le dio entrada y el curso legal correspondiente en esta misma fecha, y revisadas como han sido las Actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que cursa a los folios del 44 al 50 de la Segunda Pieza, que el Juzgado antes referido se declaró incompetente en razón del territorio, para seguir conociendo la causa y declinó la competencia para conocer la misma al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por las consideraciones a que se contrae la decisión mencionada; las cuales este Tribunal las hace suyas.- En consecuencia, este Tribunal, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, se declara competente para conocer de la presente acción.-Así se declara.
El Juez Provisorio,


Abg. Jesús Gutiérrez Díaz
La Secretaria,


Abg. Mirla Mata Rojas