REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, doce de febrero de dos mil quince
204º y 155º

ASUNTO: BP02-V-2014-001423
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA (DESISTIMIENTO)
MOTIVO: demanda de ACCION MERO DECLARATIVA.

DEMANDANTE MAGDIEL SARAIT MACAYO BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.316.786, domiciliada en Calle Pinto Salinas Nº 23, sector chuparin Arriba, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui,,

ABOGADO ASISTENTE CARLOS ANDRES BOLIVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.144.019 y de este domicilio y de este domicilio.

NIÑO NIÑA Y/O ADOLESCENTE Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)


Visto que en la oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 468, 469 y 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión al demanda de ACCION MERO DECLARATIVA ,presentada por la ciudadana MAGDIEL SARAIT MACAYO BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.316.786, domiciliada en Calle Pinto Salinas Nº 23, sector chuparin Arriba, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, asistida por el abogado en ejercicio CARLOS ANDRES BOLIVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.144.019 y de este domicilio, donde se encuentra involucrado el niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , hija del ciudadano FRANCISCO JAVIER CALZADILLA ACOSTA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 21.080.505 y fallecido en fecha 22/06/2014 en la cuidad de Puerto La Cruz, estado Anzoátegui. Se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, con la Jueza AMERICA FERMIN. Visto el Desistimiento del presente procedimiento por la parte demandante, ciudadana MAGDIEL SARAIT MACAYO BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.316.786, domiciliada en Calle Pinto Salinas Nº 23, sector chuparin Arriba, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, la cual esta facultada para hacerlo, es por lo que éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DA POR CONSUMADO, el presente procedimiento. Igualmente se ordena devolver las originales de los documentos acompañados a la solicitud dejando copia en su lugar previa confrontación por Secretaría. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, registres, Déjese, Copia certificada en el Tribunal como lo Ordenado el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona. Barcelona, a los doce (12) días del mes de Febrero del año Dos Mil quince (2015). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA

ABG. AMERICA FERMIN GONZALEZ


LA SECRETARIA


ABG. SONIA ALFARO

En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA

ABG. SONIA ALFARO