REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veintisiete de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: BP02-N-2014-000298

Siendo la oportunidad para pronunciarse con relación al escrito de promoción de pruebas presentado por la Abogado YELITZA RICARDI, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 120.582, Apoderada Judicial de la parte demandada INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, este Tribunal las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho por no ser ilegales e impertinentes salvo su apreciación en la sentencia definitiva.
La Juez,

Dra. Mirna Más y Rubí Spósito.
La Secretaria..

Abg. Josmire Carolina Zurita.

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