REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de julio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-F-2014-000129
En el día de hoy, 10 de julio de 2.015, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), hora, fecha y oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el Segundo (2º) Acto Conciliatorio en el presente juicio de Divorcio, propuesto por la ciudadana JOSE SAID BERMUDEZ ZABALA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.251.365, en contra de la ciudadana EGLIS ISBELIA ARGUELLO VALERIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.164.088, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal bajo las formalidades de Ley, por el Alguacil del mismo. Este Tribunal deja expresa constancia que no Compareció la parte demandante, ni la parte demandada, ni por si, ni por medio de apoderados judiciales, se deja constancia que compareció la Fiscal Décimo quinto del Ministerio Público abogada MARY LOURDES FERRER; y de conformidad con el Artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, se declara Extinguida la presente causa.
El Juez Provisorio,
Abog. Joaquín José Bello Figuera
La Fiscal del Ministerio Publico,
La Secretaria,
Abog. Marieugelys Garcia Capella
JJBF
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