REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de julio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-M-2011-000077
Vista la diligencia de fecha 06 de Febrero de 2.015, suscrita por el abogado OTTO PEREZ BURELLI, en su carácter acreditado en autos, y ratificada en fecha 14 de Junio de 2015, por la abogada IRIS CARMONA CASTILLO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 59.868, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, y visto el contenido de la misma, mediante la cual Desiste del presente juicio de COBRO DE BOLIVARES, intentado por Banesco, Banco Universal, C.A., en contra de Diseños y Especialidades en Soldadura, C.A., (DESCA), la ciudadana CLARA RENAT STORACI DE PLAZA y PEDRO RICARDO PLAZA SANCHEZ, y solicita la devolución de los documentos originales consignados en el libelo de la demanda, este Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia, HOMOLOGA dicho desistimiento y lo toma como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena la devolución de los documentos originales, previa certificación en autos. Así se decide.-
El Juez Provisorio
Abg. Joaquín José Bello Figuera
La Secretaria
Abg. Marieugelys García Capella.
Javier M.-
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