SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui
Barcelona, tres de julio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-S-2013-000776
Consta en estas actuaciones que por auto de fecha 22 de mayo de 2013, este Tribunal con ocasión de la solicitud de justificativo de testigos presentada por los ciudadanos OSCAR GAMBOA DIAZ y HUMBERTO LIENDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros. 8. 247.949 y 8. 279. 628, inscritos en el Inprebogado bajo los Nros. 53.193 y 157. 751, respectivamente, actuando en nombre y representación del ciudadano JOSE DEL CARMEN RODRIGUEZ HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.467.045, admite la solicitud en comento, y ordena tomarle declaración a los testigos que presente la parte interesada.
Ahora bien, habiendo transcurrido desde el 22 de mayo de 2013, hasta el día de hoy, mas de un mes, específicamente , dos (02) años, un (01) mes, y once (11) días, sin que el interesado haya presentado ante este Tribunal los testigos , con la finalidad de que rindan declaración en relación a los particulares a que se contrae la presente solicitud, este Tribunal declara que en el presente asunto ha operado la perención de la instancia, conforme a lo establecido en el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en armonía con el artículo 269 eiusdem.
Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, certifíquese por Secretaria, copia de esta decisión
Publíquese, regístrese, déjese copia de esta decisión.
Dada, firmada y sellada, en la sala de Despacho del Juzgad Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial, en Barcelona, a los tres (03) días del mes de julio de dos mil quince (2015) . Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
La Juez Provisorio,
Abg. María Eugenia Pérez.
La Secretaria,
Abg. Ismary Lara.
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